Funciones Generales

Es la secretaría encargada de la seguridad, tranquilidad pública previniendo y reprimiendo la comisión de delitos, infracciones y violaciones de la Constitución Nacional, las Leyes, Decretos, Ordenanzas y demás normas vigentes. Además, es la encargada de velar porque se surtan los trámites de los asuntos penales, civiles y contravencionales de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia. Así mismo, cumplir funciones de dirección y coordinación de las actividades de control y vigilancia de rifas, juegos y espectáculos, pesas, medidas, precios y establecimientos públicos. También tiene la función de formular, coordinar y ejecutar políticas y planes de participación, organización y promoción de la comunidad.

Funciones Especiales

* Resolver en segunda instancia los recursos que se interpongan dentro de los procesos que sean de competencia del Inspector de Policía Municipal, Grupo de Asuntos Urbanos y de la Comisaría de Familia.

* Organizar, dirigir y controlar el funcionamiento de la Inspección de Policía y las corregidurías.

* Programar, planear y coordinar la ejecución de campañas tendientes a prevenir y reprimir la comisión de delitos y contravenciones.

* Elaborar el proyecto de presupuesto de funcionamiento de la Secretaría.

* Aplicar las normas constitucionales, legales, las contenidas en los Códigos Nacional y Departamental de Policía, las Disposiciones Municipales de Policía, para garantizar el orden público y seguridad de los habitantes del municipio.

* Coordinar con las autoridades civiles, militares y de policía, con jurisdicción en el municipio, lo relacionado con la conservación del orden público y la seguridad ciudadana.

* Coordinar y hacer efectivo el suministro de protección y apoyo policivo a los ciudadanos, otros organismos del Estado o cualquier dependencia municipal que así lo requiera, para el mejor cumplimiento de sus funciones.

* Coordinar con las demás autoridades y velar por la efectiva aplicación de las medidas de reclusión a las personas que se encuentran sometidas a penas privativas de la libertad o medidas preventivas de aseguramiento por cuenta de las autoridades policivas del municipio o de las autoridades judiciales.

* Velar que se cumpla oportuna y adecuadamente el traslado de reclusos a cárceles de otras ciudades del país, a solicitud de las autoridades de policía del Municipio o de las autoridades judiciales.

* Coordinar con otras autoridades y hacer efectiva la aplicación de medidas policivas de apoyo, para la reclusión y traslado a centros especializados de salud de las personas que presenten perturbaciones mentales, que susciten problemas de seguridad y manejo a sus familiares o a la comunidad en general.

* Prestar apoyo en la organización y desarrollo de procesos electorales, consultas populares, plebiscitos, referendum, actos de participación ciudadana, conforme a las normas que regulan la materia.

* Coordinar, controlar, proteger y prestar apoyo administrativo y policivo a las demás autoridades de los organismos de socorro, en la prevención y atención de desastres y calamidades.

* En la prevención y solución de desastres y calamidades, podrá ordenar la ocupación o desocupación temporal o definitiva de inmuebles, desalojar físicamente a sus ocupantes y trasladar sus pertenencias a otro lugar, disponer la demolición de toda edificación que amenace ruina o que por su estado de deterioro ponga en peligro la seguridad o salubridad de sus habitantes, los transeúntes o de otras edificaciones.

* Otorgar permisos para reuniones cívicas, políticas y religiosas, festivales, desfiles y programaciones culturales, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

* Tramitar y expedir permisos para la realización de espectáculos públicos, desfiles, marchas, manifestaciones, protestas, competencias deportivas, ferias, exposiciones, etc. con facultades para exigir a los organizadores la aplicación de las medidas preventivas de seguridad que garanticen la integridad de las personas y la conservación de los bienes públicos y privados.

* Controlar y sancionar con multas hasta de diez (10) salarios mínimos legales diarios, convertibles en arresto de acuerdo con las normas de policía, a las personas que realicen los eventos señalados en los numerales anteriores 3.14 y 3.15, careciendo de dicho permiso o infringiendo las normas preventivas y de seguridad.

* Controlar, vigilar y garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el ejercicio de las profesiones, sancionando aquellos que las ejerzan careciendo de título o de permiso.

* Ejercer el control y vigilancia o cumplimiento de las disposiciones el Código de Minas y demás normas que lo complementan, por las personas dedicadas a esta clase de explotaciones en el territorio del municipio, imponiendo el cierre a las que carezcan del título minero o de licencia de exploración o explotación.

* Resolver los conflictos que se presentan entre los barequeros, explotadores de minas y los beneficiarios de títulos mineros, con los propietarios y ocupantes de terrenos. (Art.273 y Concordantes del Código de Minas)

* Imponer a petición del Alcalde, multas hasta por 10 salarios mínimos legales diarios, convertibles en arresto, a quienes desobedezcan o a quienes no cumplan las ordenes del Alcalde o a los que le falten al debido respeto.

* Imponer multas hasta por diez (10) salarios mínimos legales diarios, convertibles en arresto, según la gravedad de la infracción, a quienes le falten al respeto a los Secretarios de Despacho en ejercicio de sus funciones.

*Imponer multas hasta por diez (10) salarios mínimos legales diarios, convertibles en arresto, según la gravedad de la infracción, a quienes dirijan escritos irrespetuosos, publiquen avisos o panfletos en contra del Alcalde o de los Secretarios de Despacho por razón de sus funciones.

* Tramitar procesos de lanzamiento por ocupación de hecho de inmuebles. (Ley 57 de 1905 Art.15).

* Tramitar procesos de amparo a la posesión o mera tenencia. (Dcto. Ley 1355 de 1970 Arts.19 y s.s., 125 y 131)

* Conocer de las peticiones de depósito de indemnización a favor de arrendatarios, por exigencia de entrega anticipada de inmuebles arrendados.

* Brindar la colaboración a las autoridades judiciales, cuando así lo requieran.

* Enviar a las autoridades Departamentales o Nacionales, los informes que en materia de orden público deba rendir periódicamente la Alcaldía.

* Presidir el Comité para la defensa, protección y promoción de los derechos humanos. (Acuerdo No.009 de 1989)

* Formar parte de la Comisión de Participación Ciudadana, en asuntos de policía del municipio de Cartago, que por delegación del Alcalde la presidirá.

* Dirigir, coordinar y controlar el reparto de negocios entre las diferentes inspecciones de policía y corregidurías.

* Presentar proyectos para mejorar el funcionamiento de la inspección de policía y la comisaria de familia.

* Velar que se cumpla oportuna y adecuadamente el servicio a cargo del municipio, de dar sepultura decorosa a personas fallecidas que carezcan de recursos económicos o de familiares.

* Expedir certificados de vecindad, de permanencia, de supervivencia, de conducta, de autenticación de las firmas de notarios.

* Conservar el registro de marcas de propiedad de ganado, expedir las constancias correspondientes.

* Recibir declaraciones extra-proceso.

* Expedir permisos para la realización de rifas en la jurisdicción del municipio, controlar su cumplimiento e imponer las sanciones a los infractores, conforme a las disposiciones legales vigentes.

* Expedir permisos para el funcionamiento de juegos permitidos en el municipio, verificando su legalidad, seriedad y cumplimiento e imponer las sanciones a que haya lugar según las normas vigentes.

* Regular y vigilar el funcionamiento de las plazas de mercado públicas o privadas y de las plazas de mercado móviles y mercados artesanales.

* Exigir a los organizadores de espectáculos públicos, desfiles, marchas, manifestaciones, protestas, competencias deportivas, ferias, exposiciones, etc. La aplicación de las medidas preventivas de seguridad que garanticen la integridad de las personas y la conservación de los bienes públicos y privados.

* Exigir a los organizadores de espectáculos públicos, el cumplimiento de las normas que regulan su presentación, tramitar las quejas y aplicar las sanciones a los infractores. (Art.133 a 147 del Decreto 1355 de 1970)

* Fijar el horario de funcionamiento de los establecimientos de comercio abiertos al público.

* Supervisar el funcionamiento de los establecimientos abiertos al público y establecimientos de comercio, exigir el cumplimiento de las normas de seguridad y de control de precios, medidas, calidad, usos del suelo, intensidad auditiva, pago de derechos de autor por la ejecución pública de obras musicales, poseer matrícula mercantil vigente. (Ley 232 de 1995)

* Ejercer el control de los vendedores ambulantes y estacionarios en toda la ciudad, evitando la invasión del espacio público.

* Supervisar el funcionamiento de las estaciones de servicio, distribuidores minoristas y mayoristas de combustibles, exigir el cumplimiento de las normas de seguridad y de control de precios, medidas y calidad.

* Supervisar el cumplimiento de las normas de protección al consumidor, aprobación de listas de precios, pesos y medidas, tramitar las quejas y aplicar a los infractores las sanciones previstas por las normas vigentes. (Arts.39 a 43 Decreto 522 de 1971)

* Supervisar el cumplimiento de los turnos de farmacia en el municipio, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 188 del Código Departamental de Policía.

* Coordinar en el municipio, las actividades de las Ligas y Asociaciones de Consumidores.

* Presidir el Comité Municipal de Precios.

* Llevar el registro de personas, que desarrollen actividades de venta al detal, de bienes muebles o prestación de servicios, mediante el sistema de plazos o instalamentos y otorgarles el permiso correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 154 a 164 del Código Departamental de Policía.

* Supervisar el funcionamiento de los establecimientos dedicados a la exhibición de películas y presentación de espectáculos cinematográficos, exigir el cumplimiento de las disposiciones pertinentes y de las normas de seguridad, tramitar las quejas y aplicar a los infractores las sanciones previstas por las normas vigentes.

* Adelantar programas de educación y desarrollar mecanismos de control a la mendicidad, aplicando sanciones a los infractores. (Arts.23 a 26 del Decreto 522 de 1971)

* Conocer de las contravenciones especiales que afectan la salubridad pública. (Arts.35 a 38 del Decreto 522 de 1971)

* Coordinar conjuntamente con la Secretaría de Infraestructura, el cumplimiento de las órdenes de demolición de edificación que amenaza ruina. (Decreto Ley 1355 de 1970, Art.197 a 216 y 229) (Código Civil, Arts.988, 2008, 2016 y 2024) (Dcto. Ley 410 de 1971 Art.583 ordinal 3º)

* Tramitar las acciones de restitución de bienes de uso público. (Dcto. 640 de 1937 Art.1º y s.s)

* Velar por la protección del espacio público.

* Efectuar control de precios, pesas y medidas en establecimientos públicos en general.

* Verificar y controlar la ubicación de los vendedores ambulantes y estacionarios.

* Verificar y controlar las balanzas y demás instrumentos de medición ubicadas en los establecimientos públicos.

* Velar por la calidad, presentación y conservación de los artículos que se expenden a la ciudadanía.

* Inspeccionar la lista de precios en los establecimientos públicos y verificar su concordancia con los autorizados por el Gobierno Nacional o Municipal.

* Examinar y controlar la calidad de los artículos de primera necesidad.

* Evitar el acaparamiento, adulteración y especulación que se pueda presentar con productos de consumo masivo o de primera necesidad.

* Tramitar las órdenes judiciales y administrativas que le remitan las autoridades competentes, conforme a la normatividad vigente.

* Velar porque todas las actuaciones sean debidamente radicadas, tramitadas y devueltas a las oficinas de origen, dejando copia de ello en el archivo.

* Practicar las medidas cautelares sobre bienes muebles e inmuebles que le sean delegadas por otras autoridades.

* Practicar las diligencias de lanzamiento, entrega de bienes muebles e inmuebles, demoliciones y demás que le sean encomendadas por autoridad competente.

* Expedir los actos jurídicos encaminados a dar cumplimiento a las comisiones encomendadas.

* Proponer al Alcalde la expedición de normas municipales, para fomentar y hacer efectiva la participación ciudadana en los programas y proyectos de desarrollo a la comunidad.

* Desarrollar acciones encaminadas a garantizar la promoción de la solidaridad y la convivencia entre los habitantes del Municipio.

* Actuar como órgano de información, enlace y coordinación de actividades entre el municipio y las Juntas Administradoras Locales, Juntas de Acción comunal, Asociaciones sin ánimo de lucro, de beneficio común, entidades no gubernamentales y organizaciones de participación comunitaria.

* Recibir, clasificar y conservar las peticiones y consultas de solución de necesidades que presenten los ciudadanos y las comunidades, con el fin de tenerlas en cuenta al momento de elaborar los planes, programas y proyectos de inversión del municipio, a través de los cuales se les dé solución.

* Elaborar los planes, programas y proyectos de desarrollo socio-económico de la comunidad, en armonía con las políticas municipales, regionales, departamentales y nacionales.

* Dirigir, Coordinar y Ejecutar acciones tendientes a lograr la ejecución de proyectos por el sistema de autogestión, en coordinación con las demás secretarías y entidades descentralizadas del municipio.

* Adelantar programas de formación de artesanos, operarios y microempresarios, a través de conferencias, seminarios, cursos teóricos prácticos, relacionados con diversas actividades económicas cuya expansión requiera actualmente el país.

* Promover entre los grupos de población de la tercera edad, la creación de microempresas asociativas dirigidas a estimular el aprovechamiento del tiempo libre, la generación de ingresos y el fomento del empleo, mediante la prestación de servicios asequibles a su capacidad física, la elaboración de productos artesanales etc. y el ejercicio de actividades compatibles con su edad.

* Llevar el registro y control de las distintas organizaciones comunitarias existentes en el municipio.

* Brindar asesoría y coordinar el funcionamiento de las organizaciones comunitarias.

* Ejecutar programas de capacitación de los miembros de las organizaciones comunitarias.

* Mantener informadas a las organizaciones comunitarias, de las normas legales relacionadas con las funciones que cada una de ellas debe desempeñar.

* Incentivar, asesorar, coordinar y apoyar a las entidades y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales de participación comunitaria, en la elaboración, presentación y ejecución de programas, proyectos, construcción y conservación de obras públicas por el sistema de autogestión, acción comunal y en general todos aquellos mecanismos asociativos y comunitarios que conlleven el progreso para la ciudad o el municipio, el mejoramiento del entorno y del nivel de vida de los ciudadanos.

* Organizar y realizar las elecciones de Juntas Administradoras Locales, darle posesión a sus miembros.

* Recibir y tramitar las renuncias presentadas por los miembros de las Juntas Administradoras Locales.

* Convocar por lo menos dos veces al año a ediles, a las organizaciones sociales y veedurías ciudadanas, para presentar los informes de gestión y de los más importantes proyectos que serán desarrollados por la administración.

* Apoyar con recursos humanos y materiales el buen funcionamiento de las Juntas Administradoras Locales.

* Coordinar y realizar la elección o conformación de todas aquellas entidades u organizaciones de carácter participativo de la comunidad, que tengan su sede en el Municipio.

* Coordinar, la organización y desarrollo de los procesos electorales, de consultas populares, referendum, actos de participación ciudadana etc., conforme a las normas que regulan la materia.

* Organizar y apoyar conjuntamente con la entidad estatal de deportes de juegos intercomunales, buscando la participación de todas las Juntas de Acción Comunal.

* Apoyar e incentivar en el municipio de Cartago, la conformación, organización y desarrollo de la micro-empresa y de la fami-empresa.

* Apoyar e incentivar en el Municipio en asocio de INCAVI, la conformación, organización y desarrollo de las Asociaciones cuyo objeto sea la adquisición y construcción para sus afiliados de vivienda de interés social, por el sistema de autogestión o auto-construcción.

* Coordinar la elección de los Jueces de Paz y brindar la colaboración necesaria para su funcionamiento de conformidad con las disposiciones legales.

* Brindar colaboración y asesoría a las comunidades afrocolombianas, especialmente para su organización, y la elaboración de proyectos.

* Conocer en primera instancia de los procesos disciplinarios en contra de los servidores municipales adscritos a esa Secretaría.

* La demás funciones que autoridad competente le asigne.

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